2010/10/19

CONVENIO SOBRE SEGURIDAD Y SALUD
EN LAS MINAS
CONVENIO Nº 176 DE LA OIT

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Parte I. Definiciones
Artículo 1
1. A los efectos del presente Convenio, el término mina abarca:

a) los emplazamientos, subterráneos o de superficie, en los que se lleven a cabo, en particular, las actividades siguientes:

i) la exploración de minerales, excluidos el gas y el petróleo, que implique la alteración del suelo por medios mecánicos;

ii) la extracción de minerales, excluidos el gas y el petróleo;

iii) la preparación, incluidas la trituración, la molturación, la concentración o el lavado del material extraído, y

b) todas las máquinas, equipos, accesorios, instalaciones, edificios y estructuras de ingeniería civil utilizados en relación con las actividades a que se refiere el apartado a) anterior.

2. A los efectos del presente Convenio, el término empleador designa a toda persona física o jurídica que emplea a uno o más trabajadores en una mina, y según proceda, al encargado de la explotación, al contratista principal, al contratista o al subcontratista.

Parte II. Alcance y medios de aplicación
Artículo 2
1. El presente Convenio se aplica a todas las minas.

2. Previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, la autoridad competente de un Miembro que ratifique el Convenio:

a) podrá excluir de la aplicación del Convenio o de algunas de sus disposiciones ciertas categorías de minas si la protección conferida en su conjunto en esas minas, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, no es inferior a la que resultaría de la aplicación íntegra de las disposiciones del Convenio;

b) deberá establecer, en caso de exclusión de ciertas categorías de minas en virtud del apartado a) anterior, planes para extender progresivamente la cobertura a todas las minas.

3. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio y se acoja a la posibilidad prevista en el apartado a) del párrafo 2 anterior deberá indicar, en las memorias sobre la aplicación del Convenio que presente en virtud del artículo 22 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, toda categoría específica de minas que haya quedado excluida y los motivos de dicha exclusión.

Artículo 3
Teniendo en cuenta las condiciones y la práctica nacionales, y previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, el Miembro deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del presente Convenio.

Artículo 4
1. Las medidas destinadas a garantizar la aplicación del Convenio deberán establecerse por medio de la legislación nacional.

2. Cuando proceda, dicha legislación nacional deberá completarse con:

a) normas técnicas, directrices o repertorios de recomendaciones prácticas, o

b) otros medios de aplicación conformes con la práctica nacional, según lo establezca la autoridad competente.

Artículo 5
1. La legislación nacional mencionada en el párrafo 1 del artículo 4 deberá designar a la autoridad competente encargada de vigilar y regular los diversos aspectos de la seguridad y la salud en las minas.

2. Dicha legislación nacional deberá contener disposiciones relativas a:

a) la vigilancia de la seguridad y la salud en las minas;

b) la inspección de las minas por inspectores designados a tal efecto por la autoridad competente;

c) los procedimientos para la notificación y la investigación de los accidentes mortales o graves, los incidentes peligrosos y los desastres acaecidos en las minas, según se definan en la legislación nacional;

d) la compilación y publicación de estadísticas sobre los accidentes, enfermedades profesionales y los incidentes peligrosos, según se definan en la legislación nacional;

e) la facultad de la autoridad competente para suspender o restringir, por motivos de seguridad y salud, las actividades mineras, en tanto no se hayan corregido las circunstancias causantes de la suspensión o la restricción, y

f) el establecimiento de procedimientos eficaces que garanticen el ejercicio de los derechos de los trabajadores y sus representantes a ser consultados acerca de las cuestiones y a participar en las medidas relativas a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo.

3. Dicha legislación nacional deberá disponer que la fabricación, el almacenamiento, el transporte y el uso de explosivos y detonadores en la mina se lleven a cabo por personal competente y autorizado, o bajo su supervisión directa.

4. Dicha legislación nacional deberá especificar:

a) las exigencias en materia de salvamento en las minas, primeros auxilios y servicios médicos adecuados:

b) la obligación de proporcionar y mantener en condiciones apropiadas respiradores de autosalvamento a quienes trabajan en minas subterráneas de carbón y, en caso necesario, en otras minas subterráneas;

c) las medidas de protección que garanticen la seguridad de las explotaciones mineras abandonadas, a fin de eliminar o reducir al mínimo los riesgos que presentan para la seguridad y la salud;

d) los requisitos para el almacenamiento, el transporte y la eliminación, en condiciones de seguridad, de las sustancias peligrosas utilizadas en el proceso de producción y de los desechos producidos en la mina, y

e) cuando proceda, la obligación de facilitar y mantener en condiciones higiénicas un número suficiente de equipos sanitarios y de instalaciones para lavarse, cambiarse y comer.

5. Dicha legislación nacional deberá disponer que el empleador responsable de la mina deberá garantizar que se preparen planos apropiados de la explotación antes de iniciar las operaciones y cada vez que haya una modificación significativa y que éstos se actualicen de manera periódica y se tengan a disposición en el lugar de trabajo.

Parte III. Medidas de prevención y protección en la mina
A. Responsabilidades de los empleadores
Artículo 6
Al adoptar las medidas de prevención y protección previstas en esta parte del Convenio, el empleador deberá evaluar los riesgos y tratarlos en el siguiente orden de prioridad:

a) eliminar los riesgos;

b) controlar los riesgos en su fuente;

c) reducir los riesgos al mínimo mediante medidas que incluyan la elaboración de métodos de trabajo seguros, y

d) en tanto perdure la situación de riesgo, prever la utilización de equipos de protección personal, tomando en consideración lo que sea razonable, practicable y factible y lo que esté en consonancia con la práctica correcta y el ejercicio de la debida diligencia.

Artículo 7
El empleador deberá adoptar todas las disposiciones necesarias para eliminar o reducir al mínimo los riesgos para la seguridad y la salud presentes en las minas que están bajo su control, y en particular:

a) asegurarse de que la mina se diseña, se construye y se dota de equipos eléctricos, mecánicos y de otra índole, incluido un sistema de comunicación, de tal manera que se garantice una explotación segura y un medio ambiente de trabajo salubre;

b) asegurarse de que la mina se pone en servicio, se explota, se mantiene y se clausura de modo que los trabajadores puedan realizar las tareas encomendadas sin poner en peligro su seguridad y salud ni la de terceras personas;

c) adoptar medidas para mantener la estabilidad del terreno en las áreas a las que las personas tengan acceso por razones de trabajo;

d) establecer, siempre que sea posible, dos vías de salida desde cualquier lugar subterráneo de trabajo, cada una de ellas comunicada con una vía independiente de salida a la superficie;

e) asegurar la vigilancia, la evaluación y la inspección periódica del medio ambiente de trabajo para identificar los diferentes riesgos a que puedan estar expuestos los trabajadores, y evaluar el grado de exposición a dichos riesgos;

f) asegurar un sistema de ventilación adecuado en todas las explotaciones subterráneas a las que esté permitido el acceso;

g) en las zonas expuestas a riesgos especiales, preparar y aplicar un plan de explotación y procedimientos que garanticen la seguridad del sistema de trabajo y la protección de los trabajadores;

h) adoptar medidas y precauciones adecuadas a la índole de la explotación minera para prevenir, detectar y combatir el inicio y la propagación de incendios y explosiones, e

i) garantizar la interrupción de las actividades y la evacuación de los trabajadores a un lugar seguro en caso de peligro grave para la seguridad y la salud de los mismos.

Artículo 8
El empleador deberá preparar un plan de acción de urgencia específico para cada mina destinado a hacer frente a los desastres naturales e industriales razonablemente previsibles.

Artículo 9
Cuando los trabajadores se encuentren expuestos a riesgos físicos, químicos o biológicos, el empleador deberá:

a) informar a los trabajadores de manera comprensible de los riesgos relacionados con su trabajo, de los peligros que éstos implican para su salud y de las medidas de prevención y protección aplicables;

b) tomar las medidas necesarias para eliminar o reducir al mínimo los peligros derivados de la exposición a dichos riesgos;

c) proporcionar y mantener, sin ningún costo para los trabajadores, el equipo, la ropa según sea necesario y otros dispositivos de protección adecuados que se definan en la legislación nacional, cuando la protección contra los riesgos de accidente o daño para la salud, incluida la exposición a condiciones adversas, no pueda garantizarse por otros medios, y

d) proporcionar a los trabajadores que han sufrido una lesión o enfermedad en el lugar de trabajo primeros auxilios in situ, un medio adecuado de transporte desde el lugar de trabajo y el acceso a servicios médicos adecuados.

Artículo 10
El empleador deberá velar por que:

a) los trabajadores dispongan, sin ningún costo para ellos, de programas apropiados de formación y readaptación y de instrucciones comprensibles en materia de seguridad y salud, así como en relación con las tareas que se les asignen;

b) se lleven a cabo, de acuerdo con la legislación nacional, la vigilancia y el control adecuados en cada turno que permitan garantizar que la explotación de la mina se efectúe en condiciones de seguridad;

c) se establezca un sistema que permita saber con precisión y en cualquier momento los nombres de todas las personas que están bajo tierra, así como la localización probable de las mismas;


d) se investiguen todos los accidentes e incidentes peligrosos, según se definan en la legislación nacional, y se adopten las medidas correctivas apropiadas, y

e) se presente a la autoridad competente, un informe sobre los accidentes e incidentes peligrosos, de conformidad con lo que disponga la legislación nacional.

Artículo 11
De acuerdo con los principios generales de la salud en el trabajo y de conformidad con la legislación nacional, el empleador deberá asegurarse de que se lleve a cabo de manera sistemática la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a los riesgos propios de las actividades mineras.

Artículo 12
Cuando dos o más empleadores realicen actividades en una misma mina, el empleador responsable de la mina deberá coordinar la aplicación de todas las medidas relativas a la seguridad y la salud de los trabajadores y tendrá asimismo la responsabilidad principal en lo que atañe a la seguridad de las operaciones. Lo anterior no eximirá a cada uno de los empleadores de la responsabilidad de aplicar todas las medidas relativas a la seguridad y la salud de los trabajadores.

B. Derechos y obligaciones de los trabajadores y sus representantes
Artículo 13
1. La legislación nacional a la que se refiere el artículo 4 deberá conferir a los trabajadores el derecho a:

a) notificar los accidentes, los incidentes peligrosos y los riesgos al empleador y a la autoridad competente;

b) pedir y obtener, siempre que exista un motivo de preocupación en materia de seguridad y salud, que el empleador y la autoridad competente efectúen inspecciones e investigaciones;

c) conocer los riesgos existentes en el lugar de trabajo que puedan afectar a su salud o seguridad, y estar informados al respecto;

d) obtener información relativa a su seguridad o salud que obre en poder del empleador o de la autoridad competente;

e) retirarse de cualquier sector de la mina cuando haya motivos razonablemente fundados para pensar que la situación presenta un peligro grave para su seguridad o salud, y

f) elegir colectivamente a los representantes de seguridad y salud.

2. Los representantes de seguridad y salud a los que se alude en el apartado f) del párrafo 1 anterior deberán tener, de conformidad con la legislación nacional, derecho:

a) a representar a los trabajadores en todos los aspectos relativos a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, incluido, en su caso, el ejercicio de los derechos que figuran en el párrafo 1 anterior;

b) a:

i) participar en inspecciones e investigaciones realizadas por el empleador y la autoridad competente en el lugar de trabajo, y

ii) supervisar e investigar asuntos relativos a la seguridad y la salud;

c) a recurrir a consejeros y expertos independientes;

d) a celebrar oportunamente consultas con el empleador acerca de cuestiones relativas a la seguridad y la salud, incluidas las políticas y los procedimientos en dicha materia;

e) a consultar a la autoridad competente, y

f) a recibir notificación de los accidentes e incidentes peligrosos pertinentes para los sectores para los que han sido elegidos.

3. Los procedimientos para el ejercicio de los derechos previstos en los párrafos 1 y 2 anteriores deberán determinarse:

a) en la legislación nacional, y

b) mediante consultas entre los empleadores y los trabajadores y sus representantes.

4. La legislación nacional deberá garantizar que los derechos previstos en los párrafos 1 y 2 anteriores puedan ejercerse sin dar lugar a discriminación ni represalias.

Artículo 14
La legislación nacional deberá prever que los trabajadores tengan, en función de su formación, la obligación de:

a) de acatar las medidas de seguridad y salud prescritas;

b) de velar de manera razonable por su propia seguridad y salud y por la de las personas que puedan verse afectadas por sus acciones u omisiones en el trabajo, incluidos la utilización y el cuidado adecuados de la ropa de protección, las instalaciones y el equipo puestos a su disposición con este fin;

c) de informar en el acto a su jefe directo de cualquier situación que consideren que puede representar un riesgo para su salud o seguridad o para la de otras personas y que no puedan resolver adecuadamente ellos mismos, y


d) de cooperar con el empleador para permitir que se cumplan los deberes y las responsabilidades asignados a éste en virtud de las disposiciones del presente Convenio.

C. Cooperación
Artículo 15
Deberán adoptarse medidas, de conformidad con la legislación nacional, para fomentar la cooperación entre los empleadores y los trabajadores y sus representantes destinadas a promover la seguridad y la salud en las minas.

Parte IV. Aplicación
Artículo 16
El Miembro deberá:

a) adoptar todas las medidas necesarias, incluidas sanciones y medidas correctivas apropiadas, para garantizar la aplicación efectiva de las disposiciones del Convenio, y
b) facilitar servicios de inspección adecuados a fin de supervisar la aplicación de las medidas que se hayan de adoptar en virtud del Convenio, y dotarlos de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus tareas.

Parte V. Disposiciones finales
Artículo 17
Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.

Artículo 18
1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de la Organización Internacional del Trabajo cuyas ratificaciones haya registrado el Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.

2. Entrará en vigor doce meses después de la fecha en que las ratificaciones de dos Miembros hayan sido registradas por el Director General.

3. Desde dicho momento, este Convenio entrará en vigor, para cada Miembro, doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación.

Artículo 19
1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período de diez años, a partir de la fecha en que se haya puesto inicialmente en vigor, mediante un acta comunicada, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo. La denuncia no surtirá efecto hasta un año después de la fecha en que se haya registrado.

2. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio y que, en el plazo de un año después de la expiración del período de diez años mencionado en el párrafo precedente, no haga uso del derecho de denuncia previsto en este artículo quedará obligado durante un nuevo período de diez años, y en lo sucesivo podrá denunciar este Convenio a la expiración de cada período de diez años, en las condiciones previstas en este artículo.

Artículo 20
1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo notificará a todos los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo el registro de cuantas ratificaciones, declaraciones y denuncias le comuniquen los Miembros de la Organización.

2. Al notificar a los Miembros de la Organización el registro de la segunda ratificación que le haya sido comunicada, el Director General llamará la atención de los Miembros de la Organización sobre la fecha en que entrará en vigor el presente Convenio.

Artículo 21
El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará al Secretario General de las Naciones Unidas, a los efectos del registro y de conformidad con el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, una información completa sobre todas las ratificaciones, declaraciones y actas de denuncia que haya registrado de acuerdo con los artículo precedentes.

Artículo 22
Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia una memoria sobre la aplicación del Convenio, y considerará la conveniencia de incluir en el orden del día de la Conferencia la cuestión de su revisión total o parcial.

Artículo 23
1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique una revisión total o parcial del presente, y a menos que el nuevo convenio contenga disposiciones en contrario:

a) la ratificación, por un Miembro, del nuevo convenio revisor implicará, ipso jure, la denuncia inmediata de este Convenio, no obstante las disposiciones contenidas en el artículo 19, siempre que el nuevo convenio revisor haya entrado en vigor;


b) a partir de la fecha en que entre en vigor el nuevo convenio revisor, el presente Convenio cesará de estar abierto a la ratificación por los Miembros.

2. Este Convenio continuará en vigor en todo caso, en su forma y contenido actuales, para los Miembros que lo hayan ratificado y no ratifiquen el convenio revisor.

tomado de
http://www.parlamento.gub.uy/htmlstat/pl/convenios/convoit-C176.htm

2010/09/23

¿PARA QUÉ SIRVE LA MUERTE DE "JOJOY"? (*)
publicado como HAY QUE CERRAR EL CICLO en La Tarde http://www.latarde.com/index.php?option=com_jumi&fileid=1&idnota=31394
Hace aproximadamente 10 años, se acuñó el término BRIC asociado a los países que paulatinamente marcarían el futuro de la humanidad. Al principio muchos eran escépticos, pero, finalmente Brasil, Rusia, India y especialmente China, demostraron que las perspectivas eran correctas. Ahora son los CIVETS, Colombia, Indonesia, Vietnam, Egipto, Turquía y Sudáfrica, empero, diversos analistas coinciden en que nuestro país tiene retos para mantenerse en ese grupo, uno es superar el conflicto armado interno más largo en la historia reciente del planeta. La muerte del Mono Jojoy puede ayudar en esa senda.

En general las guerras, internas o externas, tienen pocas formas de resolverse, en esencia dos: la derrota de uno de los adversarios o la llegada a un equilibrio de fuerzas que conduce a un empate militar negativo –donde ninguno es capaz de derrotar al oponente- y entonces se alcanza, paulatinamente, un acuerdo de paz. Entre una forma y otra existen variables, pero esencialmente son esas dos. Todas ellas las hemos vivido desde la conquista, pasando por los levantamientos coloniales, las guerras civiles del comienzo de la república finalizadas con la derrota de las posturas liberales por las conservadoras en la guerra de los mil días, hasta llegar al –relativo- empate de esa guerra civil nunca declarada que damos en llamar “la violencia” expresado en el pacto de No agresión del bipartidista frente nacional, luego los diálogos –bajo una gran presión militar, la caída de los paradigmas ideológicos con el derrumbe del experimento socialista en Europa oriental así como el inicio de los triunfos de las izquierdas desarmadas en América latina, hoy con ex guerrilleros de Presidentes – que llevaron al M19, al EPL, y a varios grupos más a optar por la vía democrática hace 20 años y, finamente la guerra que perdió el cartel de Medellín con el estado (y el apoyo de “la mesa del diablo”) en los 90s. Experiencia acumulada tenemos pues y mucha.

Las FARC (y el ELN) son uno de los sumarios históricos que necesitamos cerrar y, bien, para poder avanzar en el siglo XXI y ganarnos ese sitial económico donde los más optimistas nos ponen. Muchas cosas simboliza que este grupo haya pasado de ser unas decenas de personas (1948) y familias (1964) asentadas en unas encumbradas veredas, a una organización que para los 90s estaba a punto de llevar el conflicto armado interno colombiano al citado empate militar negativo cuando copaba y aniquilaba importantes estructuras de nuestro ejército, pasando por haber sobrevivido a la conversión durante estos años de la política de seguridad democrática, cimentada durante los diálogos de paz del Caguan de Pastrana con el Plan Colombia, en política de estado, independientemente de quien esté gobernando. Esa persistencia se puede explicar por varios factores, citemos tres: Las “condiciones objetivas” de las que hablaba Belisario Betancourt en los 80s: una serie de injusticias socio económicas aún sin resolver (que por si solas NUNCA justifican la violencia, pues pobreza e inequidad a peores niveles hay en la mayor parte de los países del planeta). El narcotráfico, o mejor, el consumo de estupefacientes -22 millones de personas consumen hoy droga en EEUU según su propia oficina del censo- que ha expandido todas las formas de violencia incluida la corruptora cultura del “todo por la plata”. Y, tercero, las enormes debilidades en la conformación de nuestro estado nación, dado entre otras nuestra compleja topografía, expresada especialmente en su ausencia en las zonas de frontera tanto agrícola como política que ha potenciado a lo largo de nuestra historia el que diversas formas ilegales de poder armado se conviertan en delirantes para-estados. La combinación de estas situaciones: nuestra inequidad socio económica en medio de la ausencia del estado intensificadas con el combustible del narcotráfico ha configurado, entre otros factores, el terreno ideal para que éste grupo se vaya ido degradando al vivir 46 (62) años en guerra: Todo el (micro) mundo de Jojoy, hijo de combatientes fundadores de las FARC, se desarrolló en medio de tales situaciones, y las mismas, después de su muerte, persistirán.
Es posible que las FARC estén debilitadas, y mucho, empero las aniquilaciones totales de estos grupos son quiméricas: en 1973 al ELN, y en 1980 al M19 le quedaban combatientes contables con los dedos de las manos, pero sobrevivieron y volvieron a crecer. Igual ha ocurrido con ETA y otras en el mundo. Hace escasas semanas el comandante máximo de las FARC ofreció dialogar y el actual (y sorprendente) Presidente de la República le puso condiciones. Estas derrotas fortalecen esas condiciones. Empero, la clave del proceso NO son las FARC (ni el ELN) y su desmovilización y posterior reinserción ordenada o caótica (como se dio con los bandoleros sobrevivientes de “la violencia” de los 40s y 50s y que podría repetirse ahora con tanto aparato armado delincuencial rondando). Si nosotros como nación queremos realmente merecernos ese sitial dentro de los CIVETS debemos acometer las revoluciones democráticas pendientes en pro del desarrollo humano integral, por ejemplo la que lidera el actual ministro de agricultura; la tributaria y al sistema financiero que redistribuya nuestras inmensas riquezas de una manera más equitativa; la presencia más preventiva que represiva del estado en absolutamente todo el territorio nacional; el impulso de un amplio y persistente debate en la ONU en torno a la formalización y control estatal del consumo de narcóticos en el planeta, etcétera…; esos pasos, continuando con la presión militar estratégica y de largo aliento que viene fructificando, configurarían la “salida digna” para las FARC (y el ELN), pero, màs importante aún: nuestro posicionamiento como una mediana potencia económica mundial; de esa manera, la caída de estos 18 máximos comandantes de las FARC, todos ellos con su reemplazo ya listo: el de Jojoy al parecer es “el paisa”; servirán, realmente, de algo

(*) Mg. Orlando Parra G.

2010/09/19

Seis años del asesinato de Alfredo Correa de Andreis

Enviada a Envíe sus cartas a lector@elespectador.com

Alfredo Rafael era un hombre comprometido con la real democracia, con la academia. Fue el mejor de los pacifistas, una mezcla perfecta de puro sentimiento y conocimiento. Su vida la dedicó única y exclusivamente al estudio, a la investigación, a enseñar, a escuchar, a brindar consejos, proteger a los desprotegidos.

Se formó dentro de una familia ejemplar, fue el muchacho que a los 15 años y medio ya era bachiller, que se graduó de ingeniero agrónomo y luego abrazó la sociología de sus amores. Nunca se cansó de estudiar y capacitarse. Magíster en proyectos de desarrollo social, estudios de maestría en la Universidad París, fue rector de la Universidad del Magdalena. Desempeñó el cargo de Secretario Distrital de Participación Ciudadana y Secretario de Planeación en Barranquilla.

Pasó la mayor parte de su vida dedicado a su familia, estudios y viajes para capacitarse. Fue miembro fundador de la red universitaria para la paz “Unipaz” y de la red nacional de investigaciones sobre el desplazamiento forzado “Redif”.

Ese era Alfredo Rafael, blanco de los incapaces, de los mediocres, los violentos, los intolerantes, los desalmados e inmorales que han venido inundando nuestro país.

Ojalá que sus obras y sacrificio sirvan para corregir el rumbo. Ese era Alfredo, del que siempre mi familia se sintió y seguirá orgullosa. El mismo que convirtió su vida en algo bello y mágico, comprometido siempre al servicio de la academia y el nuevo país que siempre soñó.

Soy afortunada, qué gran hermano el que tuve, agradezco a mis padres por haber formado y traído al mundo a este ángel y a Dios por permitirme crecer a su lado y formar parte de su corta vida.

Magda Correa de Andreis. Barranquilla.

enlaces relacionados
http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo185467-noguera-revelo-entregaba-informes-sobre-actividad-sindical-presiden

http://www.elespectador.com/das/articulo163076-antes-de-liquidar-esclarecer

y más ejemplos del poder canalla que merece ir a la CPI encontrable en
http://www.elespectador.com/buscador?keys=alfredo+correa&sortfield=created

2010/09/10

EL MAL EJEMPLO Y LA TIERRA: TERCER INTENTO.
-leído para parte de la radio popular Pereirana, 7.30am, 10 septiembre 2010-

Estuve pensando sobre si hablar del significado del buen o mal ejemplo, o sobre si hablar del tema de la tierra en éste país…
el tema del ejemplo es difícil. Tenemos claro que con nuestros hijos y nuestras hijas, poco importan los discursos, lo que vale es el ejemplo: un padre que consume trago o droga, ¿cómo puede decirle a sus hijos que nunca lo haga?, difícil.
Pero el tema es más complejo cuando quien da mal ejemplo es el gobernante más importante del país, nombrando de embajador a una persona que hasta el día de hoy le ha sido imposible aclarar cómo entregó miles de millones de pesos a personas que estaban lejos de necesitarlo, mientras 6 de cada 10 de nuestros campesinos se encuentran o en la pobreza o en la miseria.
Claro, cuando después se le vio de precandidato presidencial, todos entendimos que, dentro de la terrible tradición de los últimos lustros, era otro político más que se había dedicado a hacer pre-campaña electoral, desde un puesto público, con la plata publica, con la plata del pueblo, con la plata suya, y mía, con la plata de nuestros impuestos…el nombrarlo de embajador es un pésimo ejemplo…el primer error grave de un gobierno que pinta, curiosamente, mejor de lo que muchos creíamos.

Pero decidí mejor hablar en estos 5 minutos, de la tierra, de la apuesta a fondo que hace este gobierno por reparar a las víctimas del conflicto armado interno que hemos tenido y que nos ponen como el segundo país desplazador de sus propias gentes, después de Sudan en Africa; pero la apuesta es dura. Este es un país que fracasó en los 30s, hace 80 años, intentando hacer una reforma agraria: la tierra para el que la trabaja, impulsada por el Banquero Presidente López Pumarejo. Luego, 30 años después, en los años 60s, otro intento de reforma agraria, después de ver como en casi toda América latina o se hacía a las buenas o se hacía a las malas, también fracasó, ésta vez con el abuelo del actual ministro de Gobierno, Carlos lleras Restrepo…
ahora, 50 años después, nuevamente uno de los hombres más ricos del país, asume con otro hombre del rancio abolengo paísa conservador, como Ministro, la tarea. Será una labor muy difícil aquí donde hay personas que ofrecen cocteles cuando llegan a su hectárea Un millón…¿qué hace un señor o una señora con un millón de hectáreas de tierra, por Dios!...

En fin amigas y amigos oyentes estemos atentos a este proceso, apoyemos al gobierno en ese esfuerzo, a ver si a la tercera es la vencida, y por fin tenemos un campo del siglo XXI y no de latifundios feudales frente a minifundios y microfundios pobres y miseros, como en nuestra amada Quinchia,
a ver si salimos de este tipo de modelo agrícola atrasado y atrasador como sociedad que sigue alimentando nuestras violencias y nos dificulta el camino hacia la paz integral que nos merecemos.
G y s d q h p j o v

2010/08/31

COLOMBIA: "PERDIMOS EL AÑO", PEOR, LA DÉCADA EN EDUCACIÓN.
Ohhhh sorrrpresa…hemos descubierto que el 30% de los estudiantes de Secundaria (en Bogotá) están lejos de merecer ser promovidos al año siguiente…¡que descubrimiento!...lo que nadie había descubierto era que en las pruebas PISA de 39 países encuestados hemos estado por debajo del puesto 30…éste año el 36 (http://www.clarin.com/opinion/Finlandia-escuelas-aprender_0_319168227.html ).

Después de un periplo entre 1996 y el 2008 (¿?) que me llevó de docente contratado en colegio privado, a hacer parte de una consultoría al Ministerio, pasando por coordinaciones académicas, etc…renuncie a la payasada que es el sistema de educación básica y media instituido en el país. Y ojo, dije “el sistema”, es decir a todo el proceso…desde el relacionado con el momento en que un bebe ingresa a preescolar hasta la función propia ministerial. Todo el sistema posee falencias estructurales que se notan en lo insignificante de nuestros resultados al compararnos con otros países y en lo que demuestran las cifras internas luego de la caída de la vulgar y decadente “promoción automática” que alcanzó a graduar a muchos "profesionales automáticos" y que aún sufren nuestras universidades, y sufrirá nuestro país sus consecuencias.

Sobre esto ya hemos escrito en éste blog: http://ciberplural.blogspot.com/2008/01/la-cultura-de-la-mediocridad.html , http://ciberplural.blogspot.com/2008/01/cultura-de-la-mediocridad-comentarios.html , http://oparraacademicos.blogspot.com/2009/05/renuncia-atolondrar.html entre otros (seguramente hay más en el buscador). Obviamente a una columna de opinión le es casi imposible ahondar en el tema. Pero esbocemos algunas cosas. Finlandia es uno de los países con mejor educación en el planeta. Pero es que mientras aquí nos llenamos la boca diciendo que lo que se haga o deje de hacer con un niño antes de los 5 años marcará sus procesos posteriores, en ese país, sólo los docentes mejor calificados pueden “tocar” un niño menor de 5 años. Es decir, se entiende y se aplican las medidas necesarias. Aquí –perdóneseme- los profes menos calificados, generalmente, son los que trabajan con los niños menores de 10 años. Son las normalistas. Son las licenciadas o licenciados recién egresados, etc. Craso error.

Podría extenderme en detalles de ese tipo que terminaron por hacerme entender que el problema ni siquiera es la cultura cuartelaría y represiva de la mayoría absoluta de nuestros colegios donde se instaura la cultura del temor: el estudiante teme al docente, el docente se hace temer porque le teme al coordinador, el coordinador se hace temer porque le teme al rector, el rector se hace temer porque le teme a la secretaría de educación, la secretaría se hace temer porque le teme al ministerio, el ministerio se hace temer porque le teme a los grandes prestamistas mundiales que los sostienen, y estos le temen a quienes siguen considerando, mucho más allá del discurso, que estos países parías, como el nuestro, lo único que requieren es mano de obra barata y calificada: lo demás es para los países donde tienen sus sedes: el primer mundo. Triste y degradante.

En fin, otra vez, hay un decreto de evaluación nuevo, el 1290 del 2008…y digo otra vez porque en promedio cada 2-3-5 años sacan uno nuevo, demostrando el grado de improvisación y de poca importancia que se le da, realmente, al tema de la calidad educativa. Pero lo vaticino: parará un poco el desmadre descarado en la calidad que fueron los decretos de la promoción automática, donde entrabas por un tubo en grado cero y salías –con o sin esfuerzo alguno- en grado 11 al otro lado. El tema está lejos de ser deserción escolar: asi se me tache de Darwiniano: muchas personas desertaron del sistema escolar en sus mentes y corazones hace rato: las evaluaciones sólo lo oficializan...Pero el tema de la calidad seguirá igual. Y seguirá igual porque –siguiendo con las perlas del sistema- ni el estado ha entendido que debe remunerar excelentemente a sus maestros y maestras, y estos, menos, en su mayoría, han entendido que tienen que demostrar, probar, ser evaluados para ser estimulados o duramente desestimulados, para poder merecer esas excelentes remuneraciones: la cuadratura del círculo.

(posiblemente, seguirá)


(traducción con http://www.translate.google.com.uy)

COLOMBIA: THE LOST YEAR, WORST, THE DECADE IN EDUCATION.
Sorrrpresa Ohhhh ... we found that 30% of secondary students (in Bogota) are far from deserving to be promoted next year ... that discovery! ... What no one had discovered was that in the PISA tests of 39 countries surveyed repeatedly have been below this year since 30 ... 36 (http://www.clarin.com/opinion/Finlandia-escuelas-aprender_0_319168227.html ).

After a voyage between 1996 and 2008 (?) That led me in private school teachers hired to be part of a consultancy to the Ministry, through academic coordination, etc ... give up the charade that is the basic education system ½ instituted in the country. And eye, said "the system", ie the whole process ... from the related moment a baby enters kindergarten to own ministerial function. The whole system has structural flaws in little notice of our results to compare with other countries and what internal numbers show after the fall of the vulgar and decadent "automatic promotion" which reached to graduate many "professional automatic "and that our universities are still suffering, and our country will suffer the consequences.

On this we have written in this blog: http://ciberplural.blogspot.com/2008/01/la-cultura-de-la-mediocridad.html , http://ciberplural.blogspot.com/2008/01/cultura -de-la-mediocrity-comentarios.html , http://oparraacademicos.blogspot.com/2009/05/renuncia-atolondrar.html among others (probably more in the browser.) Obviously an opinion piece it is almost impossible to find out more. But outlining some things. Finland is one of the best educated countries in the world. But here is that while we fill their mouths saying that what you do or not do with a child before age 5 will mark its subsequent processes, in that country, only the best qualified teachers can "play" a child under 5 years. In other words, it is understood and implemented the necessary measures. Here, "pardoned" less qualified the teachers are generally those who work with children under 10 years. Are normal. Graduates or graduates are new graduates, etc.. Big mistake.

I could go into such detail that ended up making me understand that the problem is not even barrack and repressive culture of the absolute majority of our schools where establishing the culture of fear: the student feared the teacher, the teacher is afraid because afraid of the coordinator, the coordinator is afraid because he fears the rector, the rector is afraid because she fears the education secretariat, the secretariat is afraid because he fears the ministry, the ministry is afraid because he fears major global lenders are based, and they are afraid of those who continue to believe, well beyond speech that pariah countries like ours, all you need is cheap labor and skilled: the rest is for countries where they have their headquarters: The First World. Sad and degrading.

Well, again, there is a new assessment decree, 1290, 2008 ... and I say again because on average every 2-3-5 years draw a new one, showing the degree of improvisation and little importance is given, really, the issue of educational quality. But what I predict: stop a little chaos in the quality brazen were the decrees of automatic promotion, which came through a tube in degree zero and out-with or without effort, in grade 11 the other side. The issue is far from dropping out of school: so I was branded a Darwinian: many people dropped out of school in their hearts and minds long ago: only formalized evaluations ... But the issue of quality remains the same. And stay the same because, along with the pearls of the system, nor the state has been understood to be remunerated by their teachers and excellent teachers, and these, at least, most have understood that they need to demonstrate, test, be evaluated to be encouraged or strongly discouraged in order to earn these great wages: squaring the circle.

(Probably will)

2010/08/15

¿SUPERAREMOS EL TRAUMA FARC? Y LOS MERCADERES DE LA MUERTE
Tal vez lo mejor que dejó la experiencia de los diálogos –negociaciones nunca hubo- del Caguan, con las FARC, fue que prácticamente nadie les cree. Estoy dentro de ellos. El libro “la paz en Colombia” de Castro Ruz Fidel (…) dejó claro que las FARC hicieron en ese gobierno lo mismo que hicieron ellos y el EPL y el M19 en el proceso con Betancourth entre 1982 y 1985: una táctica de paz en medio de una estrategia de guerra: un intento por fortalecerse militarmente, en medio de unos diálogos de paz: siempre creyendo que se podían tomar el poder por las armas. Las élites del EPL y el M19, golpeados ideológica y militarmente, entendieron la lección y años después se desmovilizaron, las FARC nunca.

Tampoco comparto la mirada maniquea de quienes olvidan que detrás de ésta guerra interminable, hay unos mercaderes nacionales e internacionales de la muerte: ha pensando usted en las macro licitaciones que se deben realizar, tan sólo para comprarle “toallas” a todos nuestros soldados y policías, puse la toalla como ejemplo ridículo, pero el tema es de fondo ¿ha pensado usted cuántos intereses hay tras un presupuesto de 20.000.000.000.000, si, 20.9 millones de millones de pesos? ¿si éste país estuviera en paz, cuantos negocios se dañarían?...¿qué es pagar la puesta de una “bombita” con tal de que el negocio siga?...y obvio, al otro lado también hay esos intereses, pero les cuento algo, esta es la hora que todavía le andan preguntando a máximos comandantes de ciertas guerrillas desmovilizadas, dónde están las caletas que tenían escondidas…igual se desmovilizaron.

En una de mis últimas columnas en eltiempo/café -el experimento falló en su comercialización y fue cerrado por la CEET- decía “la zona de distensión es una enorme retaguardia de las FARC ‘hacia y desde’ todos los lados: de allí entran y salen acciones de guerra”…”lo que está claro es que las guerrillas sólo negocian cuando tienen claro que la posibilidad de ganar una ‘guerra de guerrillas’ son escasas, o nulas” e insistía “Los civiles tenemos que seguir insistiendo en la ‘salida negociada al conflicto’…” (El Fracaso FARC, ET Café, Sept. 23 2001).

AUV ganó cabalgando sobre ese fracaso. El o uno de sus ministros volvió a cometer el error histórico de decir que derrotaría las FARC en meses. Cuatro años después fue reelecto. Curiosamente en medio de atentados terroristas atribuidos a ese grupo, que luego el propio comandante del ejército, tuvo que aclarar que tenían relación con actores de inteligencia militar ligados a reinsertados…Uribe, en medio de su inteligencia, y especialmente, de su anhelo infantil por pasar a la historia, inició su segundo mandato teniendo claro que esa era la tarea que le faltaba: cumplirle al país acabando, por la vía del diálogo, a las FARC. Incluso avaló la creación de una Comisión de Paz y Acuerdo Humanitario. Inmediatamente vino el carro bomba en una de las zonas más protegidas de Colombia: la Universidad Militar. Horas después se acusó a las FARC, horas después la fiscalía general de la nación se negó a aceptar dicha hipótesis, resultado, cuatro años más de guerra, resultado, cuatro años más de “negociazos” y “caletazos”…

Pero bueno, hay esperanza, pasamos la página con Chavez, tal vez en algo se pueda pasar con las FARC: lo único que dejó El Caguan parece ser el acuerdo de San Francisco, donde se lee “…tregua con cese de fuegos y hostilidades,…” y, tenemos un nuevo Presidente, al parecer el más estadista que hemos tenido entre los últimos, que además carece del trauma psiquiátrico (¿debilidad?) de tener a “la far” como el asesino de su figura más importante: su padre…Ya veremos.