Homosexuales podrán afiliar a su pareja en seguridad social, estableció la Corte Constitucional
Solo se requiere registrar la unión en una notaria previamente a la inscripción en la EPS, de acuerdo con el fallo emitido por el alto tribunal.
La demanda fue instaurada por Magda López y Jaime Faiyeth Rodríguez, quienes argumentaron que no permitir la inscripción de las parejas homosexuales vulneraba el derecho a la dignidad humana, a la igualdad y al libre desarrollo.
Al estudiar el artículo demandado, el 163 de la Ley 100, el tribunal les dio la razón a los demandantes, porque era contrario a la dignidad humana y propiciaba "la desprotección absoluta para las parejas del mismo sexo".
La decisión se dio de manera casi unánime: 7 contra 2 votos. Salvaron su voto Jaime Araújo y Nilson Pinilla.
En febrero, la Corte Constitucional extendió también los derechos patrimoniales de las parejas heterosexuales a las parejas del mismo sexo.
REDACCIÓN JUSTICIA en EL TIEMPO
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