2015/03/12

LA NORMA SEGUÍA SIENDO RIDICULIZADA EN SU APLICACIÓN.

Jueves 12 de Febrero de 2015 - 02:01 AM

Ruido…y ciudadanía

El individuo es el peor enemigo del ciudadano dice Z.Bauman: así es. El individualismo destruye la vida en común. Mi individuo y el suyo son el peor enemigo de asumir la ciudadanía, de la ciudad. Y después nos quejamos.
¿Qué pasa cuando individuos como Don Omar Buitrago se asumen como ciudadano? …pues que se construye ciudadanía, ciudad. Se construye Pereira.
En el 2009 Omar ( @obuiper ) otrora empleado de Unilever, Celema, fede-Ciclismo y hoy distribuidor de repuestos; ante la proliferación de bares y discotecas alrededor de su vivienda, empezó a reclamar el derecho a la tranquilidad y al sueño. Ya en el 2013, gracias al apoyo y continuo acompañamiento del personero NJ Arango, constituyó con otros 30 individuos -que también se hicieron ciudadanos- la veeduría “Mucho Ruido” que al lado de la Veeduría Circunvalar fueron escuchadas por el Alcalde y la entonces Secretaria Beatriz Ramírez con el Decreto 187 de Marzo del 2014.
Pues bien, tras seis años -si 6- es algo que los individuos ciudadanos deben asimilar: que estos procesos son de largo aliento; han concretado éste febrero el Decreto 293 (http://ow.ly/IQKkH) expedido por el señor Alcalde Enrique Vasquez, en el que salvo que absolutamente NADA ¡pero nada es “nada”! se oiga afuera de un sitio: ¡a apagar totalmente los equipos de sonido a las 12 pm o a la 1 am! ¡en cualquier estrato social! ¡en cualquier barrio o vereda!
Recordando además lo establecido hace 20 años (...) “Artículo 2o. … es obligatorio para el ejercicio del comercio que los establecimientos abiertos al público reúnan los siguientes requisitos:
a) Cumplir con todas las normas referentes al *uso del suelo *intensidad auditiva *horario *ubicación y destinación expedida por la autoridad competente del respectivo municipio…
b) Cumplir con las condiciones sanitarias descritas por la Ley 9ª de 1979 (ejemplo Artículo 219º ... mantener en forma que permitan su fácil y rápida evacuación...) c) y d)...
e) Comunicar en las respectivas oficinas de planeación o, quien haga sus veces de la entidad territorial correspondiente, la apertura del establecimiento”
Y luego agrega esa Ley de 1995 la 232 “Artículo 3o. En cualquier tiempo las autoridades policivas podrán verificar el estricto cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo anterior”.
Cabe resaltar tres palabras de ese artículo (1) “policivas”...que NO municipales... y (2-3) “estricto cumplimiento”…
Ahh…y otras leyes les recuerdan a “los establecimientos” que hay que pagar impuestos, todos los que son…cumplida y cabalmente.
Acatadas esas reglas y con algunas dependencias de la(s) Alcaldía(s) en función 24 horas como: Gobierno, Tránsito, Salud, el Despacho, etcétera ¡que viva la rumba!
MORALEJA: Y usted: ¿se anima a ser ciudadano, cuidadana? ¿o va a seguir, solamente, quejándose?
Publicada en http://www.latarde.com/opinion/columnistas/orlando-parra/146260-ruido-y-ciudadania 
NOTA: DE UNA FORMA INCALIFICABLE A LA FECHA DE PUBLICAR EN EL BLOG ESTA COLUMNA, LA NORMA SEGUÍA SIENDO RIDICULIZADA EN SU APLICACIÓN
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